Informe sobre la situación de los derechos humanos en el Arco Minero y el territorio venezolano ubicado al sur del Río Orinoco

Prensa OEP

Como parte de nuestras #AlertasOEP compartimos este completo y profundo documento de análisis, elaborado por la agrupación ciudadana Plataforma contra el Arco Minero del Orinoco, el Centro para la Reflexión y Acción Social (CERLAS) y colaboradores, que aborda la álgida situación de los derechos humanos en el Arco Minero del Orinoco y los territorios al sur del Río Orinoco, como una forma de alertar a la opinión pública sobre la necesidad de exigir se garantice el cumplimiento de los DDHH en estas zonas afectadas por el avance de la minería y el extractivismo en Venezuela.

Informe Ejecutivo

El 24 de febrero del año 2016 el ejecutivo nacional decretó la Zona Estratégica de Desarrollo Arco Minero del Orinoco (Decreto 2.248), en el cual se establece que un área de 111.843,70 km² ubicada al sur del Orinoco (12,2% del territorio venezolano), será objeto de desarrollo de actividades económicas de extracción y procesamiento de minerales de la Guayana venezolana. Desde su establecimiento, el proyecto Arco Minero del Orinoco (A.M.O) ha potenciado el incremento de la extracción minera informal e irregular en los estados Bolívar y Amazonas, expandiéndose más allá de la poligonal que establece originalmente el decreto de su creación.

En la zona A.M.O y gran parte del territorio ubica-do al sur del río Orinoco, la violación grave de derechos fundamentales de comunidades indígenas, rurales y locales, es sistemática y ampliamente extendida, y está estrechamente relacionada con la extracción descontrolada de minerales a pequeña y mediana escala, la cual se ha auspiciado y multiplicado desde el año 2016.El decreto 2.248, contiene una nueva legislación que coloca a la zona del A.M.O fuera de la Constitución. Es de resaltar que este “Informe sobre la situación de derechos humanos en el Arco Minero y el territorio venezolano ubicado al sur del río Orinoco” se realiza en el marco de un silencio judicial que ha persistido en torno a la demanda interpuesta por un grupo de ciudadanos el 31 de mayo del año 2016 con la cual se solicitó la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del decreto 2.248, tres meses después de la promulgación del mismo.

Después de casi 3 años, la sala político-administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) denegó la demanda, declarando “desistimiento tácito” de los demandantes, violentando lo establecido en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Los antecedentes de silencio institucional y denegación de justicia así como maniobras judiciales del TSJ, evidencian una actuación deliberada orientada a dificultar el acceso a la justicia y desalentar su exigencia.

El propósito de este informe es describir los impactos negativos y lesivos a la población que habita dentro y fuera de los márgenes del territorio A.M.O. Para ello el documento se estructuró en 4 capítulos que se enfocan en los siguientes aspectos: 1) situación jurídica y socio-territorial de comunidades indígenas; 2) situación ambiental: aspectos jurídicos e impactos; 3) salud y condiciones sanitarias; y ) contexto social y económico. Finalmente se da un marco de conclusiones y recomendaciones generales sobre el tema.

Más de 50 organizaciones de ddhh y de activismo social se han adherido a este informe. Te invitamos a sumarte y darle difusión a este documento que ayuda a tener una visión actual, integral y multivariable de lo que ocurre al sur de Venezuela.

Para adherirse al informe haga click en el siguiente enlace.

Aquí puedes consultar completo el Informe sobre la situación de los derechos humanos en el Arco Minero y el territorio venezolano ubicado al sur del Río Orinoco

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OEP Venezuela

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