A mayor extractivismo mayor resistencia: otro 12 de octubre sin nada que celebrar

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Vladimir Aguilar Castro

Universidad de Los Andes

Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI)

Imagen de portada Indígenas pemón ocupan aeropuerto de Canaima en 2015. EJA.

La vigencia de los derechos indígenas en Venezuela

Fue con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en el año 2000, en que se haría el reconocimiento más importante al catálogo de derechos indígenas en la historia de los contratos sociales desde la colonia.

Los derechos fundamentales indígenas contenidos en la carta magna vendrían a complementarse con la aprobación por parte de la República del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el año 2001, con la Declaración de Derechos Indígenas de las Naciones Unidas (2007), con la Declaración Americana de Derechos Indígenas (2016), y con la Ley de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), entre otras.

Desde entonces se abriría una oportunidad jurídica valiosa para avanzar en derechos sustantivos como el territorio, consulta previa, libre determinación, participación política, propiedad intelectual colectiva, medicina tradicional, economía y derecho propio entre otros, todo ello para fortalecer y desarrollar las propias formas de vida de los pueblos indígenas de Venezuela.

El derecho a la identidad cultural como uno de los derechos indígenas más importantes reconocidos en la jurisprudencia internacional, tanto de la Comisión como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del sistema regional de protección de los derechos humanos, vendría a constituir uno de los ejes transversales de los derechos emergentes.

En este sentido, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en su más reciente informe intitulado, “Pueblos indígenas y Tribales de la Panamazonía” (2019), señala que “(…) con relación al derecho a la identidad cultural y espiritual de los pueblos indígenas, la Corte IDH ha señalado que “es un derecho fundamental y de naturaleza colectiva de las comunidades indígenas, que debe ser respetado en una sociedad multicultural, pluralista y democrática. (…) Asimismo, de conformidad con lo expresado por la CIDH, este derecho tiene vinculación directa con su derecho a la posesión de las tierras ancestrales, dado que la cultura es una forma de vida intrínsecamente vinculada al territorio propio (…)” (subrayado propio).

Por otra parte, el derecho a la vida como derecho consustancial al resto de derechos salvaguardados en la constitución nacional y ampliados en los instrumentos jurídicos internacionales y regionales, favorecerían la implementación de políticas públicas interculturales en los hábitats ancestrales y tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas del país.

Contextos políticos y limites a los derechos indígenas

Sin embargo, no todo lo que brilla es oro. La carta magna de derechos nuevos no sería acompañada ni de instituciones y mucho menos de políticas públicas indígenas. Lo que se vino en Venezuela, luego del experimento constituyentista de 1999, fue la mayor cooptación ideológica de las reivindicaciones indígenas en el país.

Hasta el día de hoy, la participación política constituye la principal demanda indígena en medio de una diatriba polarizada y polarizante que caracterizaría el ejercicio de la política nacional, a la cual los indígenas y sus organizaciones no pudieron escapar.

Poco a poco la organización y unidad del movimiento indígena venezolano se iría fracturando, dando paso a la militancia política por encima de la militancia histórica y reivindicativa indígena. Las comunidades indígenas serian llevadas a un alineamiento con la política oficial del momento y la estrategia opositora cabalgaría sobre similares fundamentos.

El quiebre de la representación parlamentaria amazónica indígena en el año 2015 vendría a ser la estocada final a un movimiento indígena a la deriva, luego de la constituyente de 1999 y, sobre todo, después de la oficialización de lo indígena con la creación del Ministerio Indígena en el año 2005.

Desde entonces, la diatriba sería participación política versus discriminación racial. Los indígenas se verían envueltos en una vorágine ideológica ajena a sus formas propias de resolver sus asuntos. Todo pasaba ahora por el manto sagrado del Estado benefactor o de sus opositores.

La demarcación ausente de los territorios indígenas, tal como lo exigía el artículo 119 de la CRBV, hacía que el extractivismo a través de los proyectos hidrocarburíferos en la plataforma Deltana, carbonífero en el Estado Zulia o de la minería ilegal al sur del Orinoco, avanzaran sin mayores obstáculos.

Los tiempos de la cooptación política eran acordes con los tiempos extractivos de la economía. La profundización extractivista cabalgaría así sobre los derechos indígenas y ambientales.

En Venezuela lo cultural ha estado determinado por un proceso de homogenización de la realidad social, reduciendo las reivindicaciones indígenas a un ideario ideológico que en lo fundamental históricamente nada tiene que ver con la lucha de los pueblos indígenas en el país. En cuanto a lo territorial, el impacto sobre las tierras indígenas ha estado determinado por el extractivismo fósil y más recientemente minero, que ha caracterizado el modelo de acumulación de los últimos cien años, alcanzando su máxima expresión en los últimos veinte años.

Onegismo, cooperación internacional y falsos profetas en tiempos de pandemia

Un aspecto importante de resaltar en estos últimos tiempos, es la profundización de la presencia evangélica en las comunidades indígenas y de la cooperación internacional con una marcada connotación polarizada. En efecto, el creciente interés de algunas organizaciones no gubernamentales y ciertos organismos internacionales en la supuesta defensa de los derechos indígenas, en nada apunta al fortalecimiento de sus usos y costumbres y al empoderamiento como mecanismo de resistencia de sus propias formas de organización social, política, cultural y económica, sino a la cooptación ideológica por otros medios.

Pareciera que se trata de sacar a las comunidades y organizaciones del eje de influencia del Estado y su partido, para ahora ser arropadas por la religión y el onegismo. Estas nuevas estrategias de aculturación siguen poniendo en peligro a sus instituciones ancestrales y tradicionales, reproduciendo las pretensiones del poder constituido de secuestrar sus luchas y demandas históricas.

Los mártires indígenas y la continuidad de la resistencia

A veinte años de contrato social, lo único que le queda a los pueblos y comunidades indígenas del país es la tradición de lucha que los llevó a presionar para que, la voluntad política del momento, incorporara el conjunto de derechos indígenas vigentes hasta hoy en día en la CRBV. Más que alianzas políticas, la continuidad de las conquistas indígenas se hacen y desarrollan solo a través de la organización indígena y del fortalecimiento de sus comunidades.

A un poco más de treinta años de creación del Consejo Indio de Venezuela (CONIVE) el cual nacería desde las regiones, hoy urge su replanteo desde allí, inspirándose en las bases del movimiento indígena venezolano que desde lo local resiste al extractivismo. Para que el CONIVE esté a tono con las demandas que la situación política impone para los próximos tiempos, se requiere de un compromiso de lucha “desde abajo”, sin padrinazgos de partidos políticos y mucho menos de ministerios ni de ninguna estructura del Estado.

La autonomía del movimiento indígena avanza y se profundiza al calor de las exigencias por la materialización de los derechos indígenas. Como en el pasado, ello no es ninguna concesión graciosa de quien ejerce el poder de turno.

Una conclusión necesaria: la moratoria extractiva al sur del Orinoco

El mayor proyecto extractivo de destrucción cultural y biológica sin precedentes en la historia del país se llama el Arco Minero del Orinoco (AMO). Al día de hoy, los impactos culturales y daños ambientales son prácticamente incalculables e irreversibles.

Al sur del Orinoco se viene dando una dinámica extremadamente perversa de res nulización (res nullius) del territorio nacional, así como de quiebre de las organizaciones indígenas de base derivado del extractivismo minero. Tendencialmente es lo que le puede ocurrir a los pueblos indígenas del país de continuar el Estado venezolano en esta apuesta perversa de continuar explotando ilimitada e irracionalmente los territorios ricos en diversidad cultural y biológica.

Lo único que puede ponerle un freno a semejante atrocidad, es una moratoria al sur del Orinoco de todos los proyectos extractivos que están destruyendo cultural y ambientalmente los hábitats naturales y ancestrales de los pueblos y comunidades indígenas de la región. No son ni nuevas leyes de minas que pretenden ordenar el saqueo, ni leyes anti bloqueos que abran la continuidad del ecocidio y genocidio cultural silencioso a nuevas concesiones.

En virtud de la compleja crisis humanitaria actual venezolana la cual, además de histórica y estructural es cultural, ecológica y civilizatoria, el país debe escalar hacia nuevos modos y formas de organización económica sustentables.

La trascendencia del perverso modelo energético con 190 años de existencia a escala planetaria y con unos 140 años en el país, debe ser inmediatamente superado y puesto al servicio de emergentes experiencias sociales, políticas, económicas y culturales. La acumulación extractivista debe dar paso a la construcción alternativa de modos de producción que tengan como objetivo primordial la preservación de las fuentes de vida (oxígeno, agua y bosques).

Si los tiempos de la especie son humanos deben ser acompasados con los de la Naturaleza. Al ser la Tierra anterior a la especie humana esta última no tiene derecho a imponer su extinción en nombre propio. Hoy son tiempos también de deberes…

Mérida, 12 de octubre 2020

Autor

Vladimir Aguilar Castro

Investigador Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas de la Universidad de Los Andes

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